sábado, 12 de marzo de 2016

Segundo Reporte Consejo de Cuenca POMCA Río Aburrá

Elaborado por Iván Puerta Londoño.
Consejero de Cuenca en representación de las Mesas Ambientales del valle de Aburrá.


Anotación complementaria al Primer Reporte:
La normatividad, en la cual se basa la conformación y el funcionamiento de los Consejos de Cuenca, se encuentra estipulada en el Decreto 1640 del 2 de agosto de 2012, Artículo 30 al igual que en la Resolución 509 del 2013:
Ambos documentos fueron compilados en el Decreto 1076 del 2015.


Como antecedente de estos instrumentos normativos existió el Decreto 1729 de 2002 < http://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp… >(ya derogado).
Así mismo, conviene anotar que el Acta de la Reunión de Elección de este Consejo de Cuenca del Río Aburrá reposa en el Centro de Administración de Documentos de CORANTIOQUIA.
Por último, en esta anotación complementaria, interesa identificar o aludir a la firma consultora para la Actualización del POMCA Río Aburrá. Se trata de la Compañía de Proyectos Ambientales e Ingenierías S.A.S (C.P.A. Ingenierías S.A.S) http://www.cpaingenieria.com/home.html

Segundo Reporte:
Una vez conformado el Consejo de Cuenca (ver Primer Reporte), se acordó realizar la primera reunión el día 11 de noviembre de 2015, con el propósito de llevar a cabo la elección de presidente y secretario, conocer los tres representantes de las entidades territoriales al Consejo de Cuenca (por parte de los municipios) y abordar la estrategia de elaboración del reglamento interno.
Copia virtual de las Actas correspondientes a las reuniones llevadas a cabo hasta la fecha por parte de este Consejo de Cuenca, pueden ser solicitadas en la dirección electrónica: somosculturaverde26@gmail.com

En lo que corresponde a la participación de las Mesas Ambientales del valle de Aburrá, durante la sesión del 11 de noviembre, cabe manifestar que previo a la elección de presidente y secretario, hicimos un llamado con el propósito de reflexionar acerca de la estructura organizativa interna del Consejo de Cuenca, por considerar que una dirección o coordinación colegiada podía generar una mayor participación y un mejor dinamismo. 
Al mismo tiempo y en sintonía con dicho llamado, propusimos conformar Comisiones de Trabajo. Sólo que, aunque ambas propuestas fueron de buen recibo por un sector del Consejo, no se logró el consenso requerido. 

También cabe, reseñar que durante la misma reunión del 11 de noviembre, expresamos nuestra inconformidad con algunos aspectos de convocatoria y logística relacionados con el denominado “Taller de Actores Claves y Gestión del Riesgo del proceso de Actualización del POMCA del Río Aburrá” llevado a cabo el 29 de Octubre en la Casa de la Cultura de Bello.

Así mismo, la débil participación de la Academia en este Consejo (una sola Universidad –Autónoma Latinoamericana-, de tres que estuvieron llamadas a conformarlo), fue otro asunto del cual expresamos nuestro llamado a buscar fórmulas con las cuales garantizar la presencia de otras universidades, como la de Antioquia y la Nacional. Resultado de la reflexión promovida, CORANTIOQUIA (a nombre de la Comisión Conjunta del POMCA Río Aburrá) se comprometió a consultar con el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible.

Por último, nos permitimos reiterar que un consejero de cuenca es definido como un facilitador del proceso de participación en todas las fases del POMCA (Aprestamiento, Diagnóstico, Prospectiva, Zonificación Ambiental, Formulación, Ejecución, Seguimiento y Evaluación). Y, en este sentido, las principales funciones del Consejo de Cuenca se resumen así:

- Aportar información disponible sobre la situación general de la cuenca.
- Participar en las fases del Plan de Ordenación de la cuenca, de conformidad con los lineamientos que defina el Ministerio de Ambiente y Desarrollo sostenible.
- Servir de espacio de consulta en las diferentes fases del proceso de ordenación y manejo de la cuenca, con énfasis en la fase prospectiva.
- Servir de canal para la presentación de recomendaciones y observaciones en las diferentes fases del proceso de ordenación y manejo de la cuenca hidrográfica declarada en ordenación, por parte de las personas naturales y jurídicas asentadas en la misma.
- Divulgar permanentemente con sus respectivas comunidades o sectores a quienes representan, los avances en las fases del proceso de ordenación y manejo de la cuenca.
- Proponer mecanismos de financiación de los programas, proyectos y actividades definidos en la fase de formulación del plan.
- Hacer acompañamiento a la ejecución del Plan de Ordenación y Manejo de la Cuenca.
- Elaborar su propio reglamento en un plazo de tres (3) meses contados a partir de su instalación.

No hay comentarios:

Plan de Manejo del Distrito Regional de Manejo Integrado Divisoria Valle de Aburrá - Río Cauca

Mediante acuerdo 0670 del 12 de diciembre de 2023, el Consejo Directivo de Corantioquia adoptó el Plan de Manejo del Distrito Regional de Ma...